Acuerdo de Confidencialidad
Compromiso de protección de información y secretos comerciales.
Última actualización
12 de febrero de 2026
Este Acuerdo de Confidencialidad (el "Acuerdo") establece los términos bajo los cuales SALHERR Consultores y sus clientes manejan la información confidencial compartida durante la prestación de servicios.
1. Definición de Información Confidencial
Se considera "Información Confidencial" cualquier dato, documento, proceso, estrategia comercial, información financiera o técnica no pública que sea revelada por una parte a la otra, ya sea de forma oral, escrita o electrónica.
2. Obligaciones de Confidencialidad
Ambas partes acuerdan:
- Mantener la Información Confidencial en estricta reserva.
- No divulgar dicha información a terceros sin el consentimiento previo por escrito de la parte divulgadora.
- Utilizar la información únicamente para los fines del proyecto o servicio contratado.
3. Excepciones
Las obligaciones de confidencialidad no se aplicarán a información que:
- Sea o se convierta en dominio público sin incumplimiento de este Acuerdo.
- Estuviera legítimamente en posesión de la parte receptora antes de su divulgación.
- Sea requerida por ley o por orden judicial, siempre que se notifique a la parte propietaria (si la ley lo permite).
4. Duración
Las obligaciones de confidencialidad establecidas en este Acuerdo permanecerán vigentes durante la relación comercial y por un periodo de cinco (5) años posteriores a la terminación de la misma, salvo que se acuerde lo contrario por escrito.
5. Devolución de Información
Al finalizar los servicios, o a solicitud de la parte divulgadora, la parte receptora devolverá o destruirá toda la Información Confidencial en su posesión, incluyendo copias y respaldos.
6. Aceptación
Al contratar los servicios de SALHERR Consultores, el cliente acepta adherirse a estos términos de confidencialidad como parte integral del contrato de servicios.